Subvenciones para la contratación de doctores y doctoras con experiencia internacional: anexo II.
Se convocan 8 subvenciones que se distribuirán proporcionalmente por áreas temáticas de la Agencia Estatal de Investigación según las solicitudes admitidas de acuerdo con los requisitos de la convocatoria.
Es importe destacar que no existe compromiso de estabilización de los puestos por parte de la Universidad de Alicante una vez agotados los años de contrato laboral establecidos en la misma.
Beneficiarios:
Universidades Públicas valencianas
Requisitos de los beneficiarios:
Requisitos de los solicitantes y del grupo de investigación de referencia:
Solicitantes:
Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que al finalizar el plazo de presentación de solicitudes no mantengan vinculación con ninguna universidad pública o centro de investigación valenciano y que reúnan los siguientes requisitos:
Disponer, durante el plazo de presentación de solicitudes, de una experiencia desde la lectura de la tesis doctoral no superior a 5 años.
Si el título de doctor ha sido emitido por alguna universidad de la Comunitat Valenciana el candidato/a necesitará haber estado separado contractualmente de la institución al menos durante dos años desde la consecución del título de doctor.
Haber realizado una o varias estancias posdoctorales en centros de investigación de prestigio internacional fuera de la Comunitat Valenciana que acumulen, como mínimo, un período total de dos años.
Tener el aval del Investigador responsable del grupo de investigación de referencia en el que se vaya a integrar.
No se podrá avalar a más de un/a solicitante en una misma convocatoria.
Grupos de investigación de referencia según las bases:
A los efectos de esta orden tendrán esta consideración:
Los grupos con financiación vigente del Programa Prometeo.
Los grupos conformados como mínimo por tres investigadores/as que hayan formado parte de un grupo del Programa Prometeo en ediciones anteriores, que mantengan vinculación funcionarial, estatutaria o contractual con un centro de investigación de la Comunitat Valenciana y que su composición sea tal que cumpla, en el momento de presentación de las solicitudes, con los requisitos para su constitución según las bases reguladoras que estén en ese momento vigentes para las subvenciones del Programa Prometeo.
Los grupos conformados como mínimo por tres investigadores/as que mantengan vinculación funcionarial, estatutaria o contractual con un centro de investigación de la Comunitat Valenciana y que estén liderados por un beneficiario de una ERC Grant o del Programa Ramón y Cajal.
Estos grupos deberán también cumplir que la media de su producción científica, durante el periodo que disponga la convocatoria respectiva, tenga un impacto normalizado superior a 1,5 con respecto a la media mundial.
Duración máxima:
4 años (48 meses) prorrogables hasta dos años más según disponibilidades presupuestaria de la GV.
Costes subvencionables:
Se subvenciona el contrato laboral de los investigadores beneficiarios de esta ayuda, de acuerdo con los importes anuales establecidos en el punto 5 y 6 del resuelvo primero del anexo II.
Además de lo anterior, la subvención contempla una dotación adicional (25.000,00 Eur) a disposición del investigador beneficiario para financiar diferentes conceptos de gastos del grupo de investigación de referencia en el que se integre. El importe de esta dotación podrá financiar los siguientes conceptos:
Gastos de contratación de personal asociado al proyecto:
Personal técnico de apoyo: El coste total anual es de 20.390,14 Eur (de los cuales 15.000,00 Eur son retribuciones brutas). La diferencia hasta el coste subvencionado por la Consellería (19.890,00 Eur) la asumirá el investigador responsable de la propuesta o el grupo de investigación. En la elaboración del presupuesto de la solicitud sólo se podrá consignar un importe máximo de 19.890,00 por este tipo de contrato.
Gastos de ejecución y funcionamiento:
Viajes, manutención y alojamiento del personal contratado a cargo de esta subvención.
Viajes, manutención y alojamiento e impartición de conferencias o ponencias de los investigadores doctores invitados.
Difusión de actividades.
Realización de jornadas científicas directamente relacionadas con
la propuesta presentada, hasta un máximo de 6.000,00 Eur anuales.
Gastos de adquisición de equipamiento científico-técnico, incluyendo software de carácter especializado y destinado exclusivamente a la investigación y que posibilite la utilización adecuada del equipamiento adquirido.
Otros gastos estrictamente necesarios para la ejecución del proyecto tales como trabajo de campo, secuenciación, microscopía o similar.
Costes indirectos. Gastos de funcionamiento de las entidades beneficiarias, necesarios para el desarrollo del proyecto. Máximo de un 15% sobre la cantidad presupuestada para la contratación de personal con cargo al proyecto, calculado sobre las retribuciones brutas anuales.
Cuantía:
La subvención anual para cada uno de los contratos a tiempo completo será de 55.000 euros, destinados a financiar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social. La retribución mínima anual a recibir por la persona investigadora deberá indicarse en cada contrato y será de 41.635,00 euros brutos anuales.
De la subvención anual de cada contrato establecida en el apartado anterior (55.000 euros), el porcentaje de ayuda financiado por la Generalitat en cada una de las anualidades será el siguiente:
100 % para el primer año.
80 % para el segundo año.
70 % para el tercer año.
50 % para el cuarto año.
Para las prórrogas, el porcentaje de cofinanciación de la Generalitat podrá alcanzar hasta el 50 % del coste de los contratos.
Las entidades beneficiarias deberán asumir, en cada anualidad, el resto de la financiación de los contratos, no existiendo obligación de cofinanciación por parte de los grupos que avalen la propuesta de solicitud.
La subvención se complementará con una dotación adicional a disposición del investigador para la ejecución de la actividad. Esta dotación tendrá un límite máximo anual de 25.000 euros y se determinará en la resolución de concesión en función del presupuesto del proyecto solicitado y del resultado del proceso de evaluación.
Lugar de entrega de las solicitudes:
La solicitud se efectuará en los términos establecidos en el apartado Tercero del Anexo I de la convocatoria y el artículo 14 de las bases reguladoras.
La presentación de las solicitudes y la documentación necesaria se realizará únicamente de forma telemática a través de la página web de la convocatoria: enlace Conselleria.
Las solicitudes se podrán tramitar con o sin certificado digital (punto quinto de la convocatoria), aunque es más recomendable utilizar el certificado digital (ACCV, FNMT, e-DNI, etc.) por ser un método más rápido y seguro. Si no dispone de certificado electrónico para hacer la solicitud, puede obtenerlo fácilmente y de forma inmediata en la Unidad de Registro de la UA. En el siguiente enlace podrá encontrar más información sobre cómo obtener el certificado.
En la página web de la Conselleria, dentro de cada ayuda/anexo seleccionado, deberá seguir los pasos siguientes:
Acceder al enlace: 'Procedimiento y tramitación de la solicitud'.
Seleccionar la opción que se trate:
Con certificado digital (opción recomendable): pulsar sobre 'Tramitar con certificado', dónde accederá directamente a la solicitud de la ayuda.
Sin certificado digital: pulsar sobre 'Tramitar telemáticamente', dónde accederá directamente a la solicitud de la ayuda.
Una vez cumplimentada la solicitud telemática, se deberá imprimir y firmar por el IP. Esta documentación, junto con el resto de documentación aportada telemáticamente, se deberá presentar en la Unidad de Proyectos Públicos y Becas de la UA, dentro de los plazos internos establecidos más abajo. Si este plazo no se cumpliera, el IP presentará directamente su solicitud en una oficina de correos o en cualquier registro válido, según apartado quinto, punto 2 de la convocatoria (artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas).
En todo caso, para ambas opciones, es imprescindible que el solicitante envíe a la Unidad de Proyectos Públicos, por e-mail (convopu@ua.es), una copia en PDF de la siguiente documentación:
Solicitud firmada
Toda la documentación aportada en la solicitud
Justificante de presentación electrónica de la solicitud o justificante de envío por correos para el apoyo institucional de la solicitud
Los modelos de impresos normalizados a aportar junto con la solicitud los podrá localizar en cada una de las ayudas/anexos correspondientes de la página web de la Consellería.
Además, será necesario acompañar, a los documentos anteriores:
Un documento con el visto bueno del departamento/instituto apoyando la propuesta de solicitud.
El impreso de apoyo del Representante legal de la Universidad a las solicitudes de esta convocatoria no lo cumplimenta el solicitante (Formulario para la firma por el representante legal de la entidad en materia de investigación de las solicitudes que se relacionan). Este documento será remitido posteriormente a la consellería por la Unidad de Proyectos Públicos y Becas, una vez se tenga conocimiento de todas las solicitudes presentadas.
Plazo límite de solicitud:
SIN FIRMA ELECTRÓNICA: Desde el 13 al 27 de enero de 2020.
CON FIRMA ELECTRÓNICA: Desde el 13 al 31 de enero de 2020.
Plazo de resolución:
6 meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Otras informaciones:
1. Leer detenidamente los criterios de valoración para la evaluación de las solicitudes.
2. Revisar especialmente toda la documentación a aportar necesaria para acreditar los requisitos de participación exigidos por la convocatoria y los méritos alegados.