Ayudas para la realización de proyectos de investigación (GRE) ANEXO VI
Convocatoria del Programa Propio del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de Conocimiento para el fomento de la I+D+i en la Universidad de Alicante 2020
Estimular la participación en tareas de investigación del personal docente e investigador con menor experiencia, facilitar la puesta en marcha de nuevos proyectos o líneas de investigación básica o aplicada, y preparar la incorporación de investigadores o investigadoras al sistema competitivo de captación de recursos externos.
Estas ayudas tienen tres modalidades:
Modalidad A: Proyectos de investigación básica o aplicada de carácter general.
Modalidad B: Proyectos de investigación básica o aplicada relacionados con estudios de género.
Modalidad C: Proyectos de investigación básica o aplicada consolidables, que habiéndose presentado a distintas convocatorias del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020 no hayan obtenido financiación en la última convocatoria resuelta.
Requisitos de los beneficiarios:
Modalidad A y B:
El equipo de investigación estará formado como mínimo por 3 investigadores o investigadoras a tiempo completo, o en cómputo equivalente, vinculados funcionarial o contractualmente como personal docente e investigador a la Universidad de Alicante y en servicio activo. El investigador o la investigadora principal y otro miembro del equipo deben poseer el título de doctor o doctora. El investigador o la investigadora principal deberá tener una vinculación con la UA a tiempo completo y haber obtenido el título de doctor o doctora con posterioridad al 1 de enero de 2014
El personal docente e investigador que integre el equipo de investigación que va a desarrollar el proyecto de investigación deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar vinculado funcionarial o contractualmente como personal docente e investigador a la Universidad de Alicante y en servicio activo durante el periodo de duración del proyecto.
b) Pertenecer a un grupo de investigación registrado en la Universidad de Alicante.
c) No haber sido investigador o investigadora principal en proyectos financiados por organismos internacionales o por planes nacionales o autonómicos de I+D+i, ni de un proyecto emergente u otro de las mismas características de la Universidad de Alicante.
d) Permanecer en el equipo de investigación durante todo el período de ejecución realizando las tareas comprometidas (excepto cuando la relación contractual o funcionarial con la Universidad de Alicante se extinga o interrumpa por motivos justificados). En cualquier caso el equipo de investigación debe respetar los requisitos mínimos de composición exigidos en la convocatoria.
El resto de personal que no figure como investigador/a principal ni como personal del equipo de investigación y que participen en la ejecución del proyecto formarán parte del equipo de trabajo.
Ningún investigador o investigadora podrá figurar a tiempo completo en más de una solicitud de ayuda de este anexo y en caso de que se dé esta circunstancia deberá ser subsanada tal incompatibilidad.
Ningún investigador participante en proyectos emergentes de las convocatorias 2018 y 2019 de este programa podrá participar en esta convocatoria salvo que su dedicación sea compartida en el proyecto ya vigente o que dicho proyecto ya haya finalizado. El investigador principal siempre tendrá una dedicación única al proyecto.
Ningún grupo de investigación podrá tener asignada más de una ayuda en este anexo.
No se considerarán los grupos de investigación creados con posterioridad a la fecha fin de plazo de las solicitudes.
Costes subvencionables:
Las ayudas previstas en este anexo se destinarán a cubrir los siguientes gastos, siempre que estén directamente relacionados con el proyecto de investigación emergente solicitado:
a) Material inventariable: gastos de inversión, en equipamiento científico y demás material inventariable necesario para el desarrollo del proyecto adquiridos durante el primer año de ejecución del proyecto. No se considerarán gastos imputables, dentro de este apartado, mobiliario de ningún tipo y material inventariable informático, salvo que se justifique que se trata de instrumental específico para el desarrollo de la investigación que se propone.
b) Gastos de ejecución: material fungible y mantenimiento, viajes y dietas del personal adscrito al proyecto, siempre que estén directamente relacionadas con la consecución de los objetivos de la investigación propuestos.
c) Gastos derivados de la organización de reuniones, seminarios y congresos científicos en el marco del proyecto siempre que exista una clara relación con el mismo en las áreas jurídicas, sociales y humanísticas.
d) Otros gastos y material bibliográfico: la contratación de servicios externos o la adquisición de material bibliográfico podrá consignarse en este apartado.
En ningún caso podrá destinarse la ayuda para: (1) complementos salariales a los miembros del equipo de investigación; (2) contratación de personal; (3) gastos protocolarios.
Cuantía:
Hasta 20.000 euros para todas las modalidades recogidas en la convocatoria
Lugar de entrega de las solicitudes:
Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la eAdministración de la UA, a la que accederá la persona solicitante a través de UAcloud (https://cvnet.cpd.ua.es/eadmua/Tramites) con su clave de acceso o con un certificado electrónico valido (e-Dni, ACCV, FNMT).
Una vez que se ha accedido a la eAdministración deberá seleccionar la opción de "SOLICITUD DE AYUDAS AL PROGRAMA PROPIO PARA EL FOMENTO DE LA I+D+I" dentro del apartado "DOCENCIA E INVESTIGACIÓN".
En la pantalla de solicitudes deberá seleccionar el "Tipo de ayuda" en el que desea participar debiendo cumplimentar en formulario electrónico y aportar los documentos exigidos por la convocatoria y requeridos en cada formulario.
Una vez finalizada la cumplimentación del formulario el/la solicitante finalizará el trámite de presentación telemática mediante la orden ENVIAR con la que quedará registrada la solicitud.
Plazo/s límite de solicitud:
31/07/2020
Plazo de resolución:
El plazo máximo de resolución será de 6 meses a partir del plazo fin de presentación de solicitudes. Este plazo podrá suspenderse por un máximo de 3 meses cuando el órgano instructor solicite informes preceptivos a órganos distintos de la Universidad de Alicante, así como para la subsanación de deficiencias y aportación de documentos.