Ayudas para la publicación de revistas científicas (REVISTAS) ANEXO XIII
Convocatoria del Programa Propio del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de Conocimiento para el fomento de la I+D+i en la Universidad de Alicante 2020
Potenciar y apoyar la publicación de revistas científicas en la Universidad de Alicante que cumplan criterios de calidad investigadora reconocidos en el ámbito estatal e internacional con una ayuda económica a la edición digital y con el sello a la excelencia de la Universidad de Alicante.
Beneficiarios:
La ayuda será solicitada por el director/a de la revista o miembro del comité editor en el caso de las coediciones. En ambos casos, obligatoriamente, tendrá que ser personal docente o investigador con relación funcionarial o laboral con la Universidad de Alicante.
Actuaciones apoyables:
Las revistas para las que se solicite financiación deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Más del 75% de los artículos incluidos comunicarán resultados de investigación originales y estarán firmados por personal docente o investigador vinculado a universidades o centros de investigación superior, o avalados por ellos.
b) Existencia de una evaluación previa de los artículos a publicar a cargo de personal experto ajeno al equipo editorial y en la cual se mantenga el anonimato de los autores y/o de los revisores.
c) Utilización del DOI de la Universidad de Alicante.
d) Publicación, al menos, del último número en el repositorio institucional de la Universidad de Alicante (RUA), salvo que sea una coedición y por contrato haya un tiempo de demora o esté publicado en otro repositorio institucional.
e) Debe estar incorporada a la plataforma institucional OJS-UA Revistes Científiques de la Universitat d'Alacant. (revistes.ua.es)
f) En el último número publicado, los autores/as de la Universidad de Alicante no superarán el 30% del total de autores/as.
g) El logo de la UA debe figurar en la primera página (edición digital) y en la cubierta (edición en papel).
h) Referencia en el número anterior de la revista a la ayuda percibida de este tipo en la convocatoria de 2019, haciendo mención, si la hubo, a la financiación por parte del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de Conocimiento de la Universidad de Alicante.
i) Cumplimiento de la frecuencia de la publicación de la revista.
j) En ningún caso podrán percibir retribuciones los autores.
Revistas científicas de la Universidad de Alicante publicadas en 2019, o en 2020 con posterioridad a las presentados en anteriores convocatorias, editadas por un centro, departamento, instituto universitario de investigación o grupo de investigación de la Universidad de Alicante solo o en coedición con otras universidades o entidades, que cumplan los requisitos establecidos en este anexo.
Cuantía:
Estas ayudas consistirán en un máximo de 1.000 euros, siempre que exista disponibilidad presupuestaria. La percepción de una de estas ayudas es compatible con otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad, siempre que conjuntamente no superan el coste total de edición.
Lugar de entrega de las solicitudes:
Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la eAdministración de la UA, a la que accederá la persona solicitante a través de UAcloud (https://cvnet.cpd.ua.es/eadmua/Tramites) con su clave de acceso o con un certificado electrónico valido (e-Dni, ACCV, FNMT).
Una vez que se ha accedido a la eAdministración deberá seleccionar la opción de "SOLICITUD DE AYUDAS AL PROGRAMA PROPIO PARA EL FOMENTO DE LA I+D+I" dentro del apartado "DOCENCIA E INVESTIGACIÓN".
En la pantalla de solicitudes deberá seleccionar el "Tipo de ayuda" en el que desea participar debiendo cumplimentar en formulario electrónico y aportar los documentos exigidos por la convocatoria y requeridos en cada formulario.
Una vez finalizada la cumplimentación del formulario el/la solicitante finalizará el trámite de presentación telemática mediante la orden ENVIAR con la que quedará registrada la solicitud.
Plazo/s límite de solicitud:
30/09/2020
Plazo de resolución:
El plazo máximo de resolución será de 6 meses a partir del plazo fin de presentación de solicitudes. Este plazo podrá suspenderse por un máximo de 3 meses cuando el órgano instructor solicite informes preceptivos a órganos distintos de la Universidad de Alicante, así como para la subsanación de deficiencias y aportación de documentos.