(CIDEGENT2021) Subvenciones contratación de investigadoras/es doctoras/es de excelencia para desarrollar un proyecto de I+D+i en la Comunitat: anexo I
RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2020, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que se convocan para el ejercicio 2021, subvenciones del Programa para el apoyo a personas investigadoras con talento, Plan GenT.
Publicación:
DOGV
nº 8964 de 01/12/2020 del Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital
El objeto de estas subvenciones es identificar y respaldar al personal investigador doctor con experiencia contrastada en centros de prestigio internacional, favoreciendo su incorporación en centros de investigación de la Comunitat Valenciana y universidades públicas valencianas para la realización de un proyecto de investigación en la frontera del conocimiento.
Se convocan como máximo 20 subvenciones que se distribuirán proporcionalmente por áreas temáticas de la Agencia Estatal de Investigación según las solicitudes presentadas de acuerdo con los requisitos de la convocatoria
Es importante destacar que no existe compromiso de estabilización de los puestos por parte de la Universidad de Alicante una vez agotados los años de contrato laboral establecidos en la misma.
Beneficiarios:
Universidades públicas valencianas
Requisitos de los beneficiarios:
A) Podrán solicitar estas subvenciones las personas investigadoras que en el momento de presentación de solicitudes no mantengan vinculación con ninguna universidad pública o centro de investigación valenciano y que reúnan, por lo menos, uno de los siguientes requisitos:
Ser beneficiaria de una ERC starting o consolidator y estar desarrollando dicha ayuda y proyecto en una universidad o centro de investigación fuera de la Comunitat Valenciana.
Haber superado la Fase 1 del proceso de evaluación de las subvenciones ERC (starting/consolidator) o haber sido beneficiaria de una ayuda Ramón y Cajal o MSCA-IF.
Disponer, durante el plazo de presentación de solicitudes de una experiencia desde la obtención del título de doctor de al menos 6 años y haber realizado una o varias estancias en centros de investigación de prestigio internacional fuera de la Comunitat Valenciana que acumulen, como mínimo, un periodo total de tres años.
Si el título de doctor ha sido emitido por alguna universidad de la Comunitat Valenciana el candidato/a necesitará haber estado separado contractualmente de esa institución al menos durante dos años desde la consecución del título de doctor.
B) También podrán solicitar estas subvenciones aquel personal investigador que haya sido beneficiario de las subvenciones para la contratación de personal investigador doctor con experiencia internacional, de las subvenciones a la excelencia científica de juniors investigadores, de las ayudas para contratos Ramón y Cajal, o que haya sido contratado y dispuesto por una universidad pública valenciana en el marco de un programa de excelencia de atracción y retención de talento, de concurrencia competitiva el cual tenga una duración de al menos tres años. O siendo beneficiario de esas subvenciones o programas le reste como máximo, en el periodo de presentación de solicitudes, doce meses para finalizar su contrato con cargo a las citadas ayudas o programas.
C) El personal investigador contratado no podrá formar parte de otros grupos de investigación con financiación vigente a cargo de esta Conselleria para el fomento de grupos de investigación emergentes, consolidables o consolidados, o del Programa Prometeo.
Un mismo investigador/a no podrá presentar solicitudes en más de una modalidad de subvención del Plan GenT de esta convocatoria. En caso de presentación de varias solicitudes solo se considerará válida la última solicitud presentada en plazo.
Duración máxima:
4 años (48 meses) prorrogables hasta 2 años más según disponibilidades presupuestaria de la GV.
Costes subvencionables:
CONTRATO. Se subvenciona el contrato laboral de los investigadores/as beneficiarios/as de esta ayuda, con una subvención anual de 70.000 euros anuales de acuerdo con los porcentajes anuales de cofinanciación establecidos en el punto 5 y 6 del resuelvo primero del anexo I.
DOTACIÓN ADICIONAL. Además de lo anterior, la subvención contempla una dotación adicional anual (100.000 Eur como máximo) a disposición del investigador beneficiario para la ejecución del proyecto de investigación propuesto. El importe de esta dotación podrá financiar los siguientes conceptos:
Gastos de contratación de personal asociado al proyecto:
Personal investigador de carácter predoctoral: la dotación anual de los 3 primero años es de 22.192,80 Eur (retribución bruta anual de 17.680,74 euros) y de 27.300,00 Eur para el cuarto año (retribución bruta anual de ¿?).
Personal técnico de apoyo: El coste laboral anual es de 19.890 Eur (con una retribución bruta anual mínima de 15.000,00). Para la elaboración del presupuesto de la solicitud se podrá consignar un importe máximo de 20.390 (coste laboral 19.890 Eur + indemnización fin contrato 500 Eur) para este tipo de contrato.
Gastos de ejecución y funcionamiento:
Material fungible.
Viajes, manutención y alojamiento del personal investigador contratado a cargo del proyecto.
Viajes, manutención y alojamiento de los investigadores doctores invitados.
Difusión de las actividades del proyecto.
Realización de jornadas científicas directamente relacionadas con
el proyecto presentado.
Gastos de adquisición de equipamiento científico-técnico, incluyendo software de carácter especializado y destinado exclusivamente a la investigación y que posibilite la utilización adecuada del equipamiento adquirido.
Otros gastos estrictamente necesarios para la ejecución del proyecto tales como trabajo de campo, secuenciación, microscopía o similar.
Costes indirectos. Gastos de funcionamiento de las entidades beneficiarias, necesarios para el desarrollo del proyecto. Máximo de un 15% sobre la cantidad presupuestada para la contratación de personal con cargo al proyecto, calculado sobre las retribuciones brutas anuales.
Cuantía:
CONTRATO. La subvención anual para cada uno de los contratos a tiempo completo será de 70.000 euros, destinados a financiar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social. La retribución mínima anual a recibir por la persona investigadora deberá indicarse en cada contrato y será de 53.000,00 euros brutos anuales.
De la subvención anual de cada contrato establecida en el apartado anterior (70.000 euros), el porcentaje de ayuda financiado por la Generalitat en cada una de las anualidades será el siguiente:
100 % para el primer año.
80 % para el segundo año.
70 % para el tercer año.
50 % para el cuarto año.
Para las prórrogas, el porcentaje de cofinanciación de la Generalitat podrá alcanzar hasta el 50 % del coste de los contratos.
Las entidades beneficiarias deberán asumir, en cada anualidad, el resto de la financiación de los contratos, no existiendo obligación de cofinanciación por parte de los departamentos, institutos o grupos que avalen la propuesta de solicitud.
DOTACIÓN ADICIONAL. La subvención se complementará con una dotación adicional a disposición del investigador para la ejecución del proyecto. Esta dotación tendrá un límite máximo anual de 100.000 euros y se determinará en la resolución de concesión en función del presupuesto del proyecto solicitado y del resultado del proceso de evaluación.
Lugar de entrega de las solicitudes:
La solicitud se efectuará en los términos establecidos en el apartado Tercero del Anexo I de la convocatoria y el artículo 14 de las bases reguladoras.
La presentación de las solicitudes y la documentación necesaria se realizará únicamente de forma telemática a través de la página web de la convocatoria: enlace Conselleria.
Las solicitudes se podrán tramitar con o sin certificado digital (punto quinto de la convocatoria), aunque es más recomendable utilizar el certificado digital (ACCV, FNMT, e-DNI, etc.) por ser un método más rápido y seguro. Si no dispone de certificado electrónico para hacer la solicitud, puede obtenerlo fácilmente y de forma inmediata en la Unidad de Registro de la UA. En el siguiente enlace podrá encontrar más información sobre cómo obtener el certificado.
En la página web de la Conselleria, dentro de cada ayuda/anexo seleccionado, deberá seguir los pasos siguientes:
Acceder al enlace: 'Procedimiento y tramitación de la solicitud'.
Seleccionar la opción que se trate:
Con certificado digital (opción recomendable): pulsar sobre 'Tramitar con certificado', dónde accederá directamente a la solicitud de la ayuda.
Sin certificado digital: pulsar sobre 'Tramitar telemáticamente', dónde accederá directamente a la solicitud de la ayuda.
Para este último caso, una vez cumplimentada y presentada la solicitud telemática, se deberá imprimir y firmar por el IP de manera manuscrita. Esta documentación, junto con el resto de documentación aportada telemáticamente, se deberá presentar en la Unidad de Proyectos Públicos y Becas de la UA, dentro de los plazos internos establecidos más abajo. Si este plazo no se cumpliera, el IP presentará directamente su solicitud en una oficina de correos o en cualquier registro válido, según resuelvo quinto, punto 2 de la convocatoria (artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas).
En todo caso, para ambas opciones, es imprescindible que el solicitante envíe a la Unidad de Proyectos Públicos, por e-mail (convopu@ua.es), una copia en PDF de la siguiente documentación:
Solicitud firmada
Toda la documentación aportada en la solicitud
Justificante de presentación electrónica de la solicitud o justificante de envío por correos para el apoyo institucional de la solicitud
Los modelos de impresos normalizados a aportar junto con la solicitud los podrá localizar en cada una de las ayudas/anexos correspondientes de la página web de la Consellería.
Además, será necesario acompañar, a los documentos anteriores:
Un documento con el visto bueno del departamento/instituto apoyando la propuesta de solicitud.
El impreso de apoyo del Representante legal de la Universidad a las solicitudes de esta convocatoria no lo cumplimenta el solicitante (Formulario para la firma por el representante legal de la entidad en materia de investigación de las solicitudes que se relacionan). Este documento será remitido posteriormente a la Consellería por la Unidad de Proyectos Públicos y Becas, una vez se tenga conocimiento de todas las solicitudes presentadas.
Plazo límite de solicitud:
SIN FIRMA ELECTRÓNICA: Desde el 7 al 22 de enero de 2021.
CON FIRMA ELECTRÓNICA: Desde el 7 al 29 de enero de 2021.
Plazo de resolución:
6 meses desde la fecha fin de presentación de solicitudes, según artículo sexto de la convocatoria.
Otras informaciones:
1. Leer detenidamente los criterios de valoración para la evaluación de las solicitudes.
2. Revisar especialmente toda la documentación a aportar necesaria para acreditar los requisitos de participación exigidos por la convocatoria y los méritos alegados.